¿Por qué no puedo disponer de mis ahorros en el fondo de pensiones?

 ¿Por qué no puedo disponer de mis ahorros en el fondo de pensiones?

La veracidad de afirmación según la cual “Los aportes a los fondos privados de pensiones son propiedad de los trabajadores, de nadie más” amerita ser verificada pues ha terminado siendo vista como un hecho, tal vez sin realmente serlo.

Esta afirmación la hizo Asofondos, el ente que aglutina a las Administradoras de los Fondos de Pensiones y de Cesantías, y Santiago Montenegro, su presidente, para responder a la del candidato presidencial Gustavo Petro según la cual los aportes pensionales en los fondos privados son recursos públicos, y que por ello podría utilizarlos para asignar subsidios a los que no tienen pensión.

Asofondos dijo que “los aportes a los fondos privados de pensiones son propiedad de los trabajadores, de nadie más”, y citó que así está consignado en el Artículo 13 de la Ley 100.

Como reseñó El Tiempo que, junto con la revista Semana, organizó el debate presidencial en el que Petro hizo la declaración: “el candidato del Pacto Histórico mencionó que dará un bono pensional mensual de $500.000 (medio salario mínimo) para 3 millones de personas y que este costaría $18 billones al año. Esos recursos -dice- saldrían de una reforma pensional”.

El economista Jorge Restrepo, también citado por El Tiempo, respaldó a Montenegro asegurando que “el aporte pensional y de las empresas, y los rendimientos, son propiedad de cada persona que ahorra para el retiro; nacionalizarlo como él propuso sería expropiarlo”.

Solo expectativas

La pregunta obvia que le surge al afiliado, que puede acudir al sentido común y al razonamiento sencillo, no para satisfacer a economistas ilustrados, representantes de banqueros, o funcionarios del Estado con sesgo obvio en defender el modelo existente, es: si los ahorros en los fondos privados de pensiones son míos, ¿por qué no puedo disponer de ellos?

‘Disponer’, en términos prácticos (tal vez no jurídicos) significa poder retirarlos total o parcialmente bajo determinadas condiciones. Disponer significa poder tener mayor injerencia, poder de decisión, sobre en qué se invierte para obtener mayor rentabilidad, mayores ganancias.

“Lo que dan los ahorros es una expectativa de adquirir un derecho eventual a la pensión cuando (se) cumplan las condiciones”, dijo el jurista Héctor Riveros, en Blu Radio.

Riveros usó la expresión ‘expectativa’ de adquirir un derecho para oponerla a un ‘derecho adquirido’ que, supuestamente, se hace realidad cuando las personas se pensionan, una vez cumplidos los requisitos.

El planteamiento de Riveros es convincente, pero tiene una debilidad. Aunque él no lo dijo, curiosamente, incluso aquellos que ya tienen un derecho adquirido como pensionados no pueden disponer de su ahorro en los fondos privados, excepto recibiendo su minúscula mesada mensual. Sí, minúscula. No está de más recordar que esas pensiones minúsculas fueron uno de los detonantes del estallido social en Chile.

Esto lleva a la conclusión de que los ahorros en los fondos privados de pensiones son de los trabajadores, solo ‘formalmente’, no en realidad, pues no pueden disponer de ellos.

Hay varias excepciones a esta afirmación; es decir, cuando los trabajadores sí pueden disponer de sus ahorros. Una de ellas es cuando el afiliado no puede cumplir los requisitos para pensionarse (cumplir la edad pero no el número mínimo de semanas), en cuyo caso se le devuelve.

Las mujeres pueden solicitar la devolución al cumplir los 57 años; los hombres, los 62.

El otro caso en el que se puede disponer del ahorro es cuando muere el afiliado, en cuyo caso obviamente no es él sino sus herederos los que pueden hacerlo, salvo que haya estado en lo que se llama modalidad Renta Vitalicia, en cuyo caso quien la hereda es la aseguradora contratada por la administradora del fondo.

El cambio a esta modalidad se hace, según los fondos, para garantizar que el pago de la mesada (al menos de un salario mínimo) sea para toda la vida y con el incremento anual igual al Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Todopoderoso legislador

Riveros cerró su argumento con una afirmación que revela un protagonista fundamental en esta historia, al agregar que, “aunque no se le puede dar una destinación diferente a esos ahorros (por ejemplo, decir: voy a construir carreteras u hospitales con ellos), lo que sí puede hacer el legislador es, primero, cambiar las condiciones de la manera en cómo se administran esos bienes y, segundo, la manera como usted adquiere el derecho”.

Ese todopoderoso legislador, que podría cambiar las regulaciones de forma tal que, por ejemplo, se permitieran los retiros parciales de los ahorros, tal como se hizo en Chile y Argentina, pero no lo hizo, fue el mismo que, cuando se aprobó la Ley 100 en 1993, les arrebató totalmente el derecho a las personas de disponer de esos ahorros y se lo entregó a un tercero que, ‘supuestamente’, era más sabio para invertir su dinero.

Esa verdad la hemos terminado asimilando como algo normal (porque así se hace en todo el mundo, supuestamente) sin serlo necesariamente.

En el contexto del anuncio del presidente Iván Duque de que los fondos privados de pensiones iban a invertir $4,5 billones en infraestructura (carreteras), la periodista económica Paola Ochoa nuevamente dejó sobre el tapete la inquietud de que los dueños de los ahorros no puedan disponer de ellos, en este caso incidir en ese tipo de decisiones de inversión para obtener mayor rentabilidad, mayores ganancias, al preguntar al ministro de Hacienda, José Manuel Restrepo: “Si nosotros los colombianos somos dueños de esa plata, de esos recursos, ¿Quién nos preguntó si con nuestros ahorros queremos que se asignen $4,5 billones para proyectos de infraestructura en el país?”, dijo.

Ochoa tiene razón, los dueños de los fondos, que son los ahorradores o afiliados, ni siquiera tienen participación con voto en la asamblea de estos. En la práctica, los afiliados no tienen participación alguna en las decisiones sobre su ahorro.

Y no se puede argumentar que así sea en el resto del mundo. En el sistema holandés, por ejemplo, las juntas de los fondos son manejadas por los trabajadores y las administradoras, precisamente, cumplen simplemente labores de administración, no actúan como los dueños, como sucede en el caso colombiano.

Si bien esa decisión de arrebatarles totalmente el derecho a las personas de disponer de esos ahorros y entregárselo a un tercero se puede interpretar como elevada expresión de la responsabilidad del Estado (que se preocupa por el bienestar de sus ciudadanos en la vejez), también en este caso se puede interpretar como un paternalismo dañino y abusivo, que es tan violatorio de los derechos de los propietarios de los ahorros (los trabajadores) como el intento de expropiarlos.

Incluso se podría ser más radical en el argumento y decir que el legislativo decidió tratar a los afiliados de los fondos privados de pensiones como ‘interdictos’ (figura desmontada en el 2019); es decir, persona mentalmente incapaz, en particular para hacer o tomar decisiones de negocios y que por tanto otro debe decidir por ella.

La razón real

La razón real para que los dueños de los ahorros en los fondos privados de pensiones, los trabajadores, no puedan disponer de ellos es relativamente simple: saldrían afectados (por no decir, se joderían) los bancos (que ganan por comisiones y administración, y que a través de sus administradoras inciden en qué se invierte), el mercado de valores, el Gobierno, los proyectos de infraestructura. El desbarajuste de la economía sería mayúsculo. Todos ellos trabajan con los ahorros de los afiliados a los fondos de pensiones.

Así se puede constatar al revisar en qué están invirtiendo los fondos de pensiones.

Al hacer el anuncio de inversión en infraestructura de 4,5 billones esta semana, por ejemplo, el presidente Iván Duque dijo que con ello se completarían 9 billones.

En la misma noticia Duque dijo “también quiero destacar la inversión que adelantan los fondos de pensión en las empresas que trabajan en el desarrollo de infraestructura, interconexión, de desarrollo también de proyectos energéticos nos permite hablar de un portafolio cercano a los 33 billones de pesos adicionales”. Dentro de las empresas en las que se invierte están ISA y Ecopetrol.

No lo dijo Duque, pero los fondos de pensiones son los principales compradores de los denominados Títulos de Tesorería (TES) que emite el Gobierno para financiarse. Es decir, el Gobierno pide plata prestada a interés. Este interés es el que gana el fondo de pensiones y el afiliado.

“De acuerdo con los datos del mercado, a enero de este año, las AFP tenían el 27,6% de los $403,1 billones colocados por la Nación en este tipo de bonos”, dice una nota publicada por el periódico El Colombiano a propósito de las polémicas declaraciones de Petro durante el debate presidencial. Y agrega que las AFP tienen invertidos 280 billones en acciones de empresas locales y extranjeras.

“En Colombia, los fondos de pensiones son considerados como los inversionistas institucionales más relevantes en el mercado de capitales, en donde se conectan con quienes necesitan financiamiento y están dispuestos a devolver el préstamo con intereses”, agrega.

Que se permitiera el retiro a los ahorradores o que se decidiera que se deben pasar todos esos recursos o parte significativa de ellos a Colpensiones, teóricamente, tendrían el mismo efecto que la expropiación: habría que vender las acciones baratas y desinvertir precipitadamente. “Eso causaría una desvalorización generalizada de la bolsa”, dice El Colombiano.

Lo que no puede ser es que no existan fórmulas intermedias que no signifiquen el desbarajuste de la economía, pero tampoco el sacrificio total de los derechos de los dueños de los ahorros, eliminando cualquier posibilidad de que dispongan de sus ahorros.

Guillermo Franco

Periodista/Consultor

https://www.larepublica.co/analisis/guillermo-franco-2773812/por-que-no-puedo-disponer-de-mis-ahorros-en-el-fondo-de-pensiones-3341841

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