Proyecto de traslado exprés (De Fondos a Colpensiones) acoge sentencia SU-062 del año 2010

 Proyecto de traslado exprés (De Fondos a Colpensiones) acoge sentencia SU-062 del año 2010

La Corte Suprema de Justicia ha definido en qué casos las personas que no recibieron asesoría o recibieron información falsa y mentirosa para trasladarlos a los Fondos privados, pueden aplicar al cambio de régimen pensional a través de DEMANDA JUDICIAL motivo por el cual hay más de 300.000 ciudadanos que tienen acciones donde solicitan al Juez la nulidad de su afiliación y traslado a Colpensiones.

¿Gobierno gana pulso al legislativo?

El revuelo generado con el cambio de posición del gobierno frente al proyecto de traslado de Régimen Pensional, para afiliados mayores a 52 años hombres y 47 años mujeres, siempre que hayan cotizado 750 semanas a (Colpensiones) es un distractor para el ciudadano.

Es de conocimiento público que en -época preelectoral- reviven proyectos que prometen el regreso de beneficios a los trabajadores. Esta vez no podía ser la excepción.

Para el nuevo intento de traslado exprés, el legislador acoge la decisión de la Corte Constitucional en sentencia SU-062 del año 2010. Sentencia que permite el traslado de los afiliados que cuentan con el beneficio del Régimen de Transición, esto porque cotizaron al ISS las 750 semanas de que habla la novedosa reforma. Norma que no será garantía, por aquello de los procedimientos que podrían no ser la vía para permitir dicho traslado.

Esta vez el pulso entre el Congreso y el Gobierno está dando frutos “aparentes” para los afiliados. La decepción será después. Por ahora la estrategia es conveniente, pero en el futuro cercano, después de elecciones, por supuesto, se caerá la norma, y así, nadie tendrá la culpa. La mala del paseo será la H. Corte que la tumbe por inconstitucional.

La propuesta no puede ser mejor para las ilusiones de algunos cuantos afiliados, quienes se favorecerían teniendo la oportunidad de triplicar, o cuadruplicar el valor de su mesada pensional, trasladándose de los Fondos Privados a Colpensiones de manera automática y sin complicaciones.

Como se puede observar, desde el 2010, está permitido dicho traslado con solo solicitarlo.  ¿Cuál sería la novedad? ¿Cuántos afiliados aún quedarían por trasladarse? Dicen que 19.000 personas.

Por otro lado, la Corte Suprema de Justicia ha definido en qué casos las personas que no recibieron asesoría o recibieron información falsa y mentirosa para trasladarlos a los Fondos privados, pueden aplicar al cambio de régimen pensional a través de DEMANDA JUDICIAL motivo por el cual hay más de 300.000 ciudadanos que tienen acciones donde solicitan al Juez la nulidad de su afiliación y traslado a Colpensiones.

Si tenemos que de esos se regresarían 19.000 personas que anuncian serían beneficiarias del nuevo “artículo”, quedarían 281.000 usuarios aún amarrados al negocio del (tú me das yo te doy), y en medio el ciudadano y sus ahorros de toda la vida en manos de los intereses económicos de campañas electorales, publicitarias y comerciales.

Cuando de estadísticas se trata, tendríamos que, si van 125.962 muertes relacionadas con el coronavirus desde que comenzó la pandemia, y el 50% son adultos mayores, entonces, ya no serían 19.000 los beneficiarios que disfrutarían del alivio exprés publicitado.

Es así como, tanto el gobierno como el legislativo pretenden anotarse puntos con los afiliados a la Seguridad Social en época preelectoral.

Bien por los trabajadores que se beneficiarían de la reforma. Pero, no hay que cantar victoria, aún le falta pasar el debate en las Plenarias de Cámara y Senado. Que susto. ¿Quién da más? ¡estamos en campañas!

Como ya dijimos, este intento de reforma pensional puede convertirse en ley, pero, está llamado a caerse en el camino, como ha sucedido antes.

Los antecedentes establecidos por la Corte Constitucional con relación a reformas pensionales, o “micos” que se cayeron porque en Colombia las leyes de PRESUPUESTO no pueden contener normas de carácter ESTATUTARIO, así estas tengan alguna incidencia fiscal.

De esta manera se evidencia la reiterada práctica de los políticos de incluir (Reformas pensionales) en leyes de presupuesto, aún a sabiendas de que posteriormente se caerán. Afectando no solo uno de los mecanismos más importantes del sistema de pesos y contrapesos establecido en la Constitución, sino también, jugando con las ilusiones del trabajador afiliado a la Seguridad Social.

¿Cuál será el objetivo de insistir con este tema? Clarísimo…, están en pre campañas electorales. Tienen claro que no tenemos memoria, es como cautivan el voto del ingenuo trabajador o pensionado, -POR LA CUCHARA-

Así hacen el parapeto de que el gobierno le gana el pulso al legislativo o viceversa, engañando al ciudadano, y la “libertad de prensa” guarda BENEFICIOSO SILENCIO

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