31 Jul. Corte exhorta al Congreso a actualizar la legislación laboral
Al evaluar un laudo proferido por un Tribunal de Arbitramento que resolvió un conflicto colectivo entre una asociación sindical y una empresa de empaques del Cauca, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia exhortó al Congreso para que actualice la legislación laboral en Colombia.
En la sentencia, la Sala de Casación Laboral del máximo tribunal de la justicia ordinaria señala que la legislación laboral colombiana, tanto en lo individual como en lo colectivo, se encuentra en un notorio atraso debido a que la dinámica del trabajo se ha acentuado en los últimos tiempos, con nuevas formas de relacionamiento, y con la introducción de tecnologías de la información y las comunicaciones.
La Corte determinó que esta “añeja legislación” no responde a estas nuevas realidades por lo cual es necesario que se expida el Estatuto del Trabajo que está contemplado en el artículo 53 de la Constitución Política. Esa norma “es el vehículo que permitirá poner a tono la normativa social con el discurrir de los tiempos y que seguramente dará un nuevo contenido a cada una de las figuras jurídicas que lo reclaman, entre ellas, la negociación colectiva (convención, pacto y laudo)”.
Por lo tanto, la Sala de Casación Laboral exhortó al Congreso de la República para que, en desarrollo de ese artículo 53 de la Constitución, profiera la ley o leyes que sean necesarias para actualizar la legislación laboral que responda a los principios de la Constitución de 1991 y a los convenios internacionales del trabajo que hacen parte del bloque de constitucionalidad.
Entre tanto, la Sala de Casación Laboral advirtió que los códigos sustantivo y procesal vigentes deben seguir interpretándose y aplicándose, tratando de armonizar la legislación de mediados del siglo anterior con la Constitución del 91
En el caso particular que analizó la Corte, la Sala de Casación Laboral devolvió al tribunal de arbitramento algunos artículos para que se pronuncie de fondo, dándole la razón al sindicato en que sí estaba facultado para resolverlos.
De otro lado, aunque la empresa solicitó que se anulara otros artículos del pliego de peticiones que fueron aprobados por el Tribunal de Arbitramento -afirmando que, ante sus pérdidas, esos beneficios laborales implicarían su disolución y liquidación-, la Sala de Casación Laboral los mantuvo al encontrar que la firma no justificó por qué esos derechos para los trabajadores le generaban una inequidad manifiesta, ni aportó un estudio sobre los costos que le conllevarían las concesiones hechas en el laudo.